6791

CORRESPONDE A EXPTE Nº 88.810/18

VISTO:

La ordenanza Nº 5596/08 sancionada por el  Honorable Concejo Deliberante del Partido de Saavedra( Pigüé ) el día 22 de Octubre de 2008, relacionada con la creación en el ámbito del Partido de Saavedra de la “Comisión de Preservación del Patrimonio Urbano –Arquitectónico” y su  Decreto de promulgación Nº 1403/08; y

La ordenanza Nº 5695/09 sancionada por el Honorable Concejo Deliberante del Partido de Saavedra (Pigüé) donde se aprueba el CÓDIGO DE PRESERVACIÓN PATRIMONIAL, en el cual se expresa la creación de un inventario de Bienes de Interés Patrimonial conformado por una serie de Fichas Patrimoniales; y

CONSIDERANDO:

             La creación del Inventario de Bienes de Interés Patrimonial (ordenanza Nº 5818/10)

EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE EN SESIÓN DE LA FECHA Y HACIENDO USO DE SUS FACULTADES, SANCIONA LA SIGUIENTE

O R D E N A N Z A

PARA EL PARTIDO DE SAAVEDRA

 

ARTICULO 1º: Declárese “Bien Patrimonial” el inmueble que se detalla a continuación:

La Alianza Cooperativa Agrícola Ganadera Limitada-Estacionamiento: -ubicada en la calle: Bernardo de Irigoyen Nº 229 de la ciudad de Pigüé, Nomenclatura Catastral: Circ: II, Secc: A, Mz: 73, Parc: 5a, Partida:2343.

ARTICULO 2º: Incorpórese al Inventario de Bienes de Interés Patrimonial el inmueble mencionados en el Artículo 1º

Artículo 3º: Se adjunta la Ficha Patrimonial del inmueble, la cual pasará a formar parte del Inventario Patrimonial

Artículo 4º: Comuníquese, Regístrese, Cúmplase y Archívese

 

DADA EN LA SALA DE SESIONES DEL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DEL PARTIDO DE SAAVEDRA, A LOS VEINTICUATRO DÍAS  DEL MES DE JULIO   DEL AÑO DOS MIL DIECINUEVE

 

ORDENANZA Nº 6791/2019

  MARÍA PAMELA HERNANDEZ       LUIS ANGEL BORIES

PRESIDENTE

H.C.D  SAAVEDRA-PIGÜÉ

SECRETARIA ADMINISTRATIVA        
H.C.D. SAAVEDRA – PIGÜÉ      
 

 

 

 

 

 

 

     
MATÍAS NEBOT     JORGE  LUIS RICCI
SECRETARIO LEGISLATIVO     SECRETARIA LEGISLATIVO
H.C.D. SAAVEDRA – PIGÜÉ       H.C.D. SAAVEDRA – PIGÜÉ